El TSJB deniega la suspensión cautelar solicitada por el Club Marítimo de Mahón contra la decisión de desalojo de la APB. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJB) ha denegado la suspensión cautelar solicitada por el Club Marítimo de Mahón, contra la decisión de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) de dar por finalizada las autorizaciones pertinentes que le permitían ocupar el espacio para la gestión de los puestos de amarres en el muelle de Levante del puerto de Mahón. Así mismo rechaza la petición de paralizar la adjudicación del concurso de gestión de los amarres a la empresa Trapsa Yates SL.
La APB informó el pasado mes de octubre de 2008 al CM de Mahón la finalización de las Autorizaciones de Ocupación Temporal (AOT) de espacio que disponía, debido a que el Consejo de Administración de la APB había elegido ya a la empresa Trapsa Yates SL como la oferta más ventajosa del concurso de explotación de los puestos de amarre del muelle de Levante.
La APB y el Club Marítimo de Mahón acordaron sendas AOT en las que se fijaba que si, entre otros motivos, el Consejo de Administración de la APB elegía la solución más ventajosa del concurso para la explotación de los amarres, se entendería como finalizadas las AOT suscritas con el Club Marítimo. Así mismo se especificaba en el documento, firmado por las dos partes, que tras la notificación de finalización del plazo de estas autorizaciones "el titular deberá desalojar sus instalaciones en un plazo improrrogable de quince días".
Descargar documento adjunto: Denegación suspensión cautelar CM. ( pdf, 308 Kb)
Fuente: Autoridad Portuaria de Baleares (APB). ( enlace)
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