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  Actualizado el Lunes, 8 de Agosto de 2011 a las 20:15h.
  NOTAS DE PRENSA  (31 de Agosto de 2010)
      

Los autónomos podrán pedir prestación por desempleo a partir de noviembre  

- Con la publicación de la Ley 32/2010, los derechos laborales de los autónomos se acercan a aquellos que trabajan por cuenta ajena

- Los autónomos podrán beneficiarse de una prestación por desempleo hasta un máximo de doce meses

Palma de Mallorca, 31 de agosto de 2010.- A partir del próximo mes de noviembre los trabajadores por cuenta propia que lo deseen podrán beneficiarse de una prestación por desempleo. Esta facilidad supone un gran avance para que todos aquellos jóvenes empresarios que deseen trabajar por cuenta propia "ya que les reportará una mayor seguridad", tal y como afirma la presidenta de Joves Empresaris en Balears, Irene Llull.

La nueva Ley 32/2010 introduce una prestación por desempleo de la que los autónomos podrán beneficiarse hasta un máximo de un año, además de la posibilidad de capitalizar toda la prestación para volver a iniciar una nueva actividad. Esta modificación legislativa permitirá a este sector laboral percibir una ayuda de 425 euros en aquellos casos en los que los solicitantes lleven en paro desde 2009 y no reciban ninguna otra ayuda. El sistema de protección por cese de actividad comprenderá, como complemento, medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora de los trabajadores autónomos beneficiarios del mismo. Para Irene Llull esta medida "acerca un poco más a los autónomos al resto de la población activa, aunque no podemos hablar, todavía, de una equiparación en ambos modelos laborales".

La duración de la prestación se aplicará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación del cese de actividad, 12 de los cuáles deberán haberse trabajando de forma continua e inmediatamente anteriores a la inactividad. Así, cobrarán la prestación durante un tiempo máximo de una año aquellos que hayan cotizado más de cuatro años, mientras que el plazo se reducirá a entre ocho y dos meses en aquellos casos en los que el período de cotización sea inferior, dependiendo del caso. Los autónomos deberán solicitar a su Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad. Desde la Associació Joves Empresaris de Balears, invitan a todos los interesados en conocer de cerca cómo les afectará esta modificación legislativa a que se pasen por sus sedes ubicadas en Menorca, Eivissa y Palma, para recabar dicha información.

Cuadro de Protección en funcion de los meses cotizados:

De doce a diecisiete: 2
De dieciocho a veintitrés: 3
De veinticuatro a veintinueve: 4
De treinta a treinta y cinco: 5
De treinta y seis a cuarenta y dos: 6
De cuarenta y tres a cuarenta y siete: 8
De cuarenta y ocho en adelante: 12

La base reguladora de la prestación económica por cese de actividad será el promedio de las bases por las que se hubiere cotizado durante los doce meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese. La cuantía de la prestación, durante todo su período de disfrute, se determinará aplicando a la base reguladora el 70 por ciento, lo que se traduciría en unos 580 euros aproximadamente.

Un autónomo podrá acceder a la prestación por desempleo alegando la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional, entre otros casos. Por ejemplo, en caso de establecimiento abierto al público, se exigirá el cierre del mismo durante la percepción de la prestación.

Esta ley es una prestación voluntaria, salvo para los 570.000 autónomos que actualmente cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que pasarán a beneficiarse de ella de facto. El carácter retroactivo no se aplicará para aquellos autónomos que se hayan quedado en paro antes de la entrada en vigor de la ordenanza. Los primeros autónomos que soliciten la prestación por desempleo, la empezarán a cobrar en noviembre de 2011 dado que la cotización mínima es de doce meses.

La prestación no contributiva

En aquellos casos en los que los afectados hubieran cesado su actividad profesional a partir del 1 de enero de 2009 y no recibiesen ninguna otra ayuda pública, la nueva ley estipula también que los emprendedores cobren una nueva prestación no contributiva de 425 euros durante un máximo de seis meses. La percepción de este importe está sujeta al compromiso de la búsqueda activa de ocupación por parte del beneficiario y a la realización de un mínimo de 180 horas.

Según explica la presidenta de Joves Empresaris en Baleares, "uno de los miedos de los jóvenes a la hora de lanzarse a formar una empresa es quedarse sin nada en el caso de que dicha empresa fracase y esta ley es un avance muy positivo en este aspecto".

Los menores de 35 años, pese a ser la generación más preparada de la historia, son el sector más castigado por la crisis y por esta razón la creación de una nueva empresa se convierte en una salida a tener en cuenta. Según Irene "tenemos la formación necesaria para salir airosos de una experiencia empresarial y con la ayuda de organizaciones como Joves Empresaris cada vez es una opción más recomendable" asegura.

La Asociación de Joves Empresaris de Balears ofrece todo tipo de ayudas para que los menores de 40 años puedan beneficiarse de los servicios de todos los asociados para optimizar los recursos de los que disponen al mejor precio. Por su parte, el Govern Balear ofrece también subvenciones para todos los que, a pesar de su juventud, quieran establecerse por su propia cuenta.

Fuente: Joves Empresaris de Balears. ( enlace)


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