En realidad el Pleno ya había aprobado en Noviembre a propuesta de UPCM instar al Govern Balear a “eliminar prohibiciones innecesarias regulando que puedan seguir realizándose funerales de cuerpo presente” en el nuevo decreto que está preparando y lo que se aprobó el jueves pasado fue instar a la Conselleria a autorizar urgentemente los funerales de cuerpo presente –incomprensiblemente prohibidos desde hace un par de meses- mientras no se promulga ese decreto, de acuerdo con el texto de la siguiente Moción que fue aprobada, esta vez por unanimidad, en el Pleno de esta semana:
Después de la aprobación por el Pleno ordinario de Noviembre del Ayuntamiento de Ciutadella de la Moción de UPCM mediante la que instábamos a la Conselleria competente del Govern Balear a modificar el nuevo Decreto “pel qual és regula l’exercici de la sanitat motuòria de les Illes Balears” que está preparando el Govern Balear para que pudieran continuar oficiándose funerales de cuerpo presente, el día 30 de aquel mismo mes aparecía la noticia de que “La consellera de Salud, sostiene que es necesario hacer cambios en el borrador del decreto sobre sanidad mortuoria que se está tramitando para «atender las peticiones que permitan unir las tradiciones religiosas y la protección sanitaria». De este modo, abre la puerta a regular la celebración de este tipo de ceremonias, cuya práctica está muy extendida en Menorca, Eivissa y Formentera”.
Unas razones que coincidían con las expuestas en la Moción, que –curiosamente- desde la Conselleria manifestaron públicamente que conocían incluso antes de ser aprobada por el Pleno. Explicábamos en la misma que “cualquier normativa relacionada con los momentos de duelo debe estar esencialmente imbuida de tolerancia, respeto, delicadeza y sensibilidad hacia las diferentes costumbres, ideas y creencias de los difuntos y sus familiares, permitiendo aquellas que sin presentar riesgo para la salud pública estén acordes con las últimas voluntades o creencias de los finados y ayuden a reconfortar a sus familiares y amigos en unos momentos tan difíciles”, a la vez que instábamos al Govern Balear “a conciliar en la medida de lo posible la normativa del nuevo Decreto que está preparando pel qual és regula l’exercici de la sanitat motuòria de les Illes Balears, respetando las costumbres, ideas y creencias de los difuntos y sus familiares que no impliquen riesgos sanitarios y más concretamente que se modifique el art. 20.1 del proyecto de Decreto eliminando prohibiciones innecesarias y regulando que puedan seguir realizándose funerales de cuerpo presente”.
Así que a la vista de esta palpable coincidencia en cuanto a los argumentos teníamos que agradecer, en principio, este cambio positivo en la actitud de la Conselleria.
En la misma noticia aparecía una columna titulada “Més considera que la prohibición no se entendería”, bajo cuyo titular se leía: «Més per Menorca se une a las críticas por la intención inicial del Govern de prohibir los funerales en cuerpo presente. A su parecer, “la ciudadanía no entendería una decisión así”… consideran que “el decreto debe respetar al máximo las costumbres de cada Isla, sean religiosas o civiles, sobre como despedir a los difuntos”. Así mismo, ven posible mantener los requisitos sanitarios y al mismo tiempo las tradiciones… “como se hace en otros territorios”. Por todo ello, defienden un nuevo período de exposición pública para incorporar estas modificaciones».
Unas palabras que también coincidían con nuestros argumentos y también implicaban un sustancial cambio de actitud, al menos en cuanto al voto emitido por el “Grup Municipal del PSM-Més per Menorca”, que no actuó en consecuencia con esas declaraciones públicas posteriores, pues se abstuvo en el Pleno del Ayuntamiento de Ciutadella en la votación de la Moción de UPCM mediante la que se inició la oposición a la prohibición de funerales de cuerpo presente. Y unas palabras que también son de agradecer a pesar que se “unieran” algo tardíamente a “las críticas” a la intención de prohibir este tipo de funerales.
En realidad, inicialmente desde la Conselleria habían procedido a endurecer la normativa en vigente en la materia, ya que del artículo 26 del Decreto 105/1997 actualmente en vigor se desprende que sí puede haber funerales de cuerpo presente (“etapas de permanencia en lugares públicos o privados”), si bien con la “autorización expresa de la Conselleria de Sanidad y Consumo” mientras en cambio en el texto del nuevo decreto (art. 20.1) se suprimía toda referencia a la posibilidad de autorización por parte de la Conselleria, de manera que se disponía sin más que “no es poden establir etapes de permanencia en llocs públics o privats” y se introducía un nuevo y muy discutible artículo (20.2) estableciendo que “excepcionalment, quan l’autoritat competent justifiqui la notorietat o la rellevancia política, social i cultural de la persona difunta”, con una serie de condiciones “és pot exhibir el cadáver en un lloc públic, distint del tanatori”.
Es decir que se hacía más restrictiva la normativa en este sentido, ya que hasta ahora podía haber funerales de cuerpo presente (“etapes de permanencia en llocs públics o privats”) con autorización de la Conselleria y sin tener que sujetarse a criterios tan subjetivos como la “notorietat” o la “rellevancia”, mientras con la nueva normativa se introducían una serie de condiciones adicionales y una controvertible distinción o discriminación entre personas difuntas “relevantes” e irrelevantes, de manera que únicamente podrían autorizarse “etapes de permanencia en llocs públics o privats” o funerales de cuerpo presente en el caso de las personas difuntas que consideren de “relevancia o notoriedad”.
De todas maneras la limitación menos severa que se establecía en el Decreto 105/1997 en comparación con el más restrictivo redactado inicial del nuevo Decreto que está preparando el Govern Balear, era tan absurda que nunca se había aplicado, de manera que se oficiaban con toda normalidad y sin necesidad de mediar “consentimiento expreso de la Conselleria”, funerales de cuerpo presente de los difuntos cuya causa de la muerte estuviera comprendida en el Grupo II, que son las causas de la defunción de prácticamente todas las personas fallecidas en Baleares.
Los cadáveres del Grupo I son “els que presenten un risc per a la salut pública perquè la causa de la mort” han sido alguna de las siguientes “malalties infecto contagioses”: “còlera, febre hemorrágica causada per virus, Ebola, encefalitis de Creutzfeldt-Jacob, Diftèria, Àntrax, Pesta, Carboncle”, “així com el altres que determini la Conselleria de Salut per circumstàncies epidemiològiques o de salut pública excepcionals que afectin al territori de la comunitat, i els que presenten contaminació radioactiva”.
Por razones obvias, ya que podrían ser un riesgo para la salud pública, los cadáveres del Grupo I han de trasladarse urgentemente para su incineración inmediata en el crematorio más cercano al lugar de la defunción, por lo que en estos casos está plenamente justificado que no puedan oficiarse los funerales con el cuerpo presente.
Mientras los del Grupo II son “els que la causa de la defunció no s’inclou dins el Grup I”.
Así que prácticamente todos los cadáveres de personas fallecidas en la Comunidad y evidentemente su inmensa mayoría son del Grupo II, ya que el Grupo I incluye varias enfermedades prácticamente erradicadas a nivel epidemiológico hoy en día y otras enfermedades o posibles causas de la muerte que en circunstancias normales tienen una incidencia extraordinariamente baja.
Pero mientras desde la Conselleria han anunciado su intención de rectificar, suprimiendo la prohibición absurda de poder oficiar funerales de cuerpo presente a personas fallecidas por las causas comprendidas en el Grupo II (que son normalmente las causas de la defunción de todas las personas fallecidas en la Comunidad Autónoma), paradójicamente, ahora resulta que en el intervalo se ha empezado a aplicar en toda Menorca esta prohibición que es tan innecesaria que no se había aplicado nunca, siendo realmente incoherente y carente de todo sentido que se lleve a la práctica cuando precisamente la propia Consellera de Sanidad ha declarado que se va a modificar el texto del nuevo Decreto para permitir los funerales de cuerpo presente.
Razones por las cuales el Grupo Municipal de UPCM presenta al Pleno la siguiente Moción:
Mientras no sea promulgado el nuevo Decreto, el Ayuntamiento de Ciutadella, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del Decreto 105/1997 actualmente en vigor, insta urgentemente a la Conselleria de Sanidad del Govern Balear a autorizar expresamente los funerales de cuerpo presente de los difuntos cuya causa del fallecimiento esté comprendida en el Grupo II (que son las causas de la defunción de prácticamente todas las personas fallecidas en Baleares).